El presidente de la Cámara de Exportadores, Fernando Landa manifestó la preocupación por el impedimento a la exportación de bienes por valor de 60 millones de dólares de exportación anuales como consecuencia de la falta de conclusión de un trámite administrativo
Debido a la potencial crisis sanitaria generada por la pandemia de Covid-19, en 2020 el Poder Ejecutivo estableció la Emergencia Sanitaria mediante el Decreto 260/2020 de Necesidad y Urgencia. Adicionalmente se redactan otros decretos relacionados, entre ellos el decreto 317/20, en el cual se define una lista de bienes que requerirían de un proceso de aprobación previa para poder ser exportados, restricción que continuaría vigente mientras perdure la emergencia Sanitaria
El 23/12/2021, a efectos de mantener las medidas de salud pública de eficacia para reducir el riesgo de contraer Covid-19 en el contexto de aparición de nuevas variantes, se prorroga la vigencia de la Emergencia Sanitaria hasta el 31/12/2022 (Dec. 867/2021).
Sin embargo, entendiendo el cambio de contexto, el Ministerio de desarrollo Productivo y el Ministerio de Salud emiten una resolución conjunta (res. 1, del 7/1/22), suspendiendo el proceso de tramitación de los permisos de exportación, aunque con vigencia limitada hasta el 31/12/2022. Como resultado, las posiciones arancelarias que hubieran sido afectadas si se hubiera restringido la exportación registraron ventas al exterior por aproximadamente 60 millones de dólares en 2022.
El 29 de diciembre 2022, sin embargo, se emite un nuevo decreto (863/2022) el cual amplía la Emergencia Sanitaria hasta finales de 2023 en función de las consecuencias indirectas de la pandemia, tales como aumento de enfermedades cardiovasculares como consecuencia del confinamiento, priorización de atención de enfermedades crónicas y demanda de atención de enfermedades ambulatorias acumulada, entre otras causales.
Como consecuencia de la extensión de la Emergencia Sanitaria, toda resolución o decreto que tuviera validez mientras perdure la misma continúa vigente, entre ellos la restricción a la exportación mediante el otorgamiento de un permiso.
No se ha dado continuidad a la suspensión de restricción a la exportación razonablemente implementada en el año 2022, y, probablemente en espera de la misma tampoco se ha establecido trámite alguno por el cual un exportador pueda obtener un permiso de exportación en los términos del decreto 317/20, lo cual ha conducido involuntariamente a una virtual prohibición total de exportación.
“Esta situación de hecho, que entendemos como no intencional, impide a nuestros asociados concluir exportaciones ya comprometidas y en marcha e impide toda previsión a futuro, además de colocar a nuestro país en un nuevo incumplimiento a las normativas de la Organización Mundial de Comercio” señala Landa.